Saltar al contenido

Sucesiones

¿Cuándo es necesario iniciar una sucesión y por qué no conviene esperar?

· Lectura: 11 minutos

Por , Abogada y Mediadora

Cuando fallece un familiar, es habitual que durante un tiempo nadie quiera hablar de trámites, papeles o bienes.

Si existe una casa familiar, quizás alguno de los hijos continúa viviendo allí. Si quedó un auto, puede seguir utilizándolo otro integrante de la familia. Y muchas veces aparece una idea bastante común:

“No hace falta hacer la sucesión ahora. Ya la haremos más adelante.”

Sin embargo, cuando llega el momento de vender un inmueble, transferir un vehículo, dividir los bienes o resolver alguna situación registral, la familia descubre que necesita regularizar jurídicamente esa herencia.

Por eso es importante entender qué es una sucesión, cuándo resulta necesaria y cuáles pueden ser las consecuencias prácticas de postergarla durante muchos años.

¿Qué es una sucesión?

Desde el punto de vista jurídico, la muerte de una persona produce la apertura de su sucesión y la transmisión de su herencia.

La herencia no comprende solamente bienes. Puede incluir inmuebles, vehículos, dinero, créditos y otros derechos, pero también obligaciones y deudas.

El proceso sucesorio permite identificar a los herederos, determinar qué integra la herencia, atender las deudas que correspondan y posibilitar finalmente la adjudicación de los bienes.

Cuando no existe testamento, uno de los pasos fundamentales es obtener la declaratoria de herederos, que es la resolución judicial mediante la cual se reconoce quiénes son los herederos del fallecido.

¿Siempre hay que iniciar una sucesión cuando fallece una persona?

No necesariamente.

Si una persona fallece sin dejar bienes ni derechos que deban transmitirse o regularizarse, puede no existir una necesidad práctica de iniciar inmediatamente un proceso sucesorio.

La situación cambia cuando existen bienes registrables, como una casa, un departamento, un terreno, un automóvil, una motocicleta, otros bienes o derechos que continúan registrados a nombre de la persona fallecida.

En esos casos, el proceso sucesorio será necesario para regularizar la situación jurídica de esos bienes y permitir que los herederos puedan disponer de ellos conforme corresponda.

¿Puedo vender una casa de una persona fallecida sin hacer la sucesión?

Esta es probablemente una de las preguntas más frecuentes.

Supongamos que una casa continúa inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de una persona que falleció.

Sus hijos pueden saber perfectamente que son sus herederos e incluso estar todos de acuerdo en venderla.

Pero ese acuerdo familiar, por sí solo, no convierte a cada uno en titular registral del inmueble ni permite simplemente firmar una escritura como si el bien ya estuviera registrado a nombre de ellos.

Para disponer jurídicamente del inmueble será necesario acreditar la condición de herederos dentro del proceso sucesorio y cumplir los actos judiciales y registrales correspondientes.

La forma concreta en que posteriormente se instrumente la operación dependerá de las circunstancias del caso.

¿Y qué pasa con un automóvil?

Con los vehículos ocurre algo similar.

Es frecuente que, después del fallecimiento del titular, un hijo, el cónyuge u otro familiar continúe utilizando el auto durante años.

Pero utilizar el vehículo no significa que su situación jurídica haya quedado regularizada.

Si el automóvil continúa registrado a nombre de la persona fallecida, será necesario realizar el trámite sucesorio para poder avanzar con su transferencia definitiva conforme a las exigencias registrales aplicables.

Por eso, aunque durante un tiempo el problema pueda pasar inadvertido, suele aparecer cuando se intenta vender o transferir el vehículo.

¿Quiénes heredan cuando no hay testamento?

Cuando una persona fallece sin testamento, la ley determina quiénes tienen vocación hereditaria.

El Código Civil y Comercial establece un orden sucesorio que contempla, según el caso, a los descendientes, ascendientes, cónyuge y parientes colaterales dentro del grado previsto legalmente.

Por eso no siempre es correcto asumir que “los hijos heredan todo”.

La existencia de cónyuge, hijos, padres u otros familiares puede modificar la distribución de la herencia.

Además, es importante distinguir la situación del cónyuge de la del conviviente: convivir durante muchos años con una persona no genera, por sí solo, los mismos derechos hereditarios que el matrimonio.

Determinar correctamente quiénes son los herederos es uno de los primeros análisis que debe realizarse antes de iniciar el trámite.

¿Qué es la declaratoria de herederos?

La declaratoria de herederos es una resolución judicial que reconoce el carácter de heredero de una o varias personas.

Para obtenerla deben acreditarse, entre otras cuestiones, el fallecimiento y los vínculos familiares correspondientes, además de cumplirse las etapas procesales previstas.

En Misiones, una vez cumplidos los trámites correspondientes y acreditado el derecho de los sucesores, el juez dicta la declaratoria de herederos.

Esto resulta fundamental porque permite establecer formalmente quiénes se encuentran legitimados dentro de la sucesión.

¿Dónde se inicia la sucesión?

Como regla general, el proceso sucesorio se inicia ante el juez correspondiente al último domicilio de la persona fallecida.

Esto significa que el lugar donde se encuentran los bienes no es necesariamente el que determina qué tribunal debe intervenir.

Por ejemplo, una persona puede haber tenido su último domicilio en Posadas y ser propietaria de un inmueble ubicado en otra localidad.

La determinación correcta de la competencia es uno de los primeros aspectos que debe analizarse antes de iniciar el expediente.

¿Qué documentación suele necesitarse?

La documentación dependerá de cada familia y de los bienes involucrados, pero habitualmente será necesario reunir:

  • partida o acta de defunción;
  • partidas que acrediten los vínculos familiares;
  • documentación de los herederos;
  • títulos o documentación relativa a los inmuebles;
  • documentación de vehículos;
  • información sobre cuentas, créditos u otros bienes;
  • testamento, si existiera.

No siempre las familias cuentan inicialmente con toda esta documentación.

Eso no significa necesariamente que no pueda iniciarse el análisis del caso. Muchas veces parte de la documentación puede obtenerse mediante informes o trámites ante los organismos correspondientes.

¿Existe un plazo para iniciar la sucesión?

Esta pregunta requiere una aclaración importante.

No debe confundirse iniciar el proceso sucesorio con el plazo que establece la ley para ejercer determinadas opciones respecto de la herencia.

El Código Civil y Comercial regula actualmente un plazo de diez años para ejercer el derecho de aceptar la herencia, contado desde la apertura de la sucesión.

Por eso, aunque sea frecuente escuchar que “la sucesión se puede hacer en cualquier momento”, no resulta aconsejable asumir que el paso del tiempo carece de consecuencias jurídicas.

Además, aun dejando de lado ese plazo, postergar durante muchos años la regularización de una herencia puede generar dificultades prácticas importantes.

¿Por qué no conviene esperar muchos años?

El problema no suele ser solamente el paso del tiempo.

Lo que complica una sucesión es todo lo que puede ocurrir mientras tanto.

Pueden fallecer también los herederos

Imaginemos que fallece el padre y sus tres hijos deciden no iniciar la sucesión.

Quince años después quieren vender la casa, pero uno de esos hijos también falleció.

Ahora ya no existe solamente una sucesión pendiente.

Será necesario determinar quiénes son los herederos de ese hijo y regularizar también esa transmisión hereditaria.

Así pueden aparecer las llamadas sucesiones encadenadas, que agregan personas, documentación y etapas al trámite.

Puede perderse documentación

Con los años pueden extraviarse títulos, partidas, recibos, planos y otros documentos importantes.

Muchos pueden recuperarse, pero eso implica nuevas gestiones.

Los herederos pueden perder contacto

Una familia que hoy mantiene una relación fluida puede no encontrarse en la misma situación dentro de diez o veinte años.

Los herederos pueden mudarse a otras provincias o países, fallecer o perder contacto entre sí.

Pueden aparecer conflictos

Mientras nadie necesita vender ni dividir los bienes, muchas diferencias familiares permanecen ocultas.

El conflicto suele aparecer cuando uno de los herederos quiere vender, otro quiere conservar el inmueble y otro considera que le corresponde una proporción diferente.

Los bienes continúan sin regularizarse

La casa, el terreno o el vehículo siguen vinculados registralmente con una persona fallecida.

Eso puede dificultar operaciones que, de haber estado regularizada la situación, podrían realizarse con mayor previsibilidad.

¿Todos los herederos tienen que estar de acuerdo para iniciar la sucesión?

No.

Este es otro error frecuente.

Una cosa es iniciar el proceso sucesorio y otra diferente decidir posteriormente qué hacer con los bienes.

La falta de acuerdo familiar no necesariamente impide que un heredero promueva el proceso para obtener el reconocimiento de los derechos hereditarios.

Los desacuerdos respecto de la administración, división o venta de los bienes deberán analizarse posteriormente según cada situación.

¿Qué pasa mientras la herencia todavía no se dividió?

Cuando existen varios herederos, desde el fallecimiento y hasta la partición existe un estado de indivisión hereditaria.

Esto significa, explicado de manera sencilla, que antes de la partición los herederos tienen derechos sobre la herencia, pero los bienes todavía no fueron necesariamente adjudicados individualmente a cada uno.

Por ejemplo, no significa automáticamente que: “esta habitación es de un hijo”, “la mitad del terreno es del otro”, o “el auto pertenece al tercero”.

La adjudicación concreta de los bienes se produce mediante la partición.

Comprender esta diferencia evita muchos conflictos familiares.

¿Qué pasa si uno de los herederos vive en la casa?

El hecho de que uno de los herederos ocupe el inmueble no significa, por sí solo, que sea su único propietario.

Tampoco implica necesariamente que los demás hayan perdido sus derechos.

Sin embargo, el uso exclusivo de un inmueble hereditario puede generar distintas cuestiones jurídicas según cómo se haya producido, cuánto tiempo haya transcurrido, si existieron reclamos de los demás herederos y cuáles sean las circunstancias particulares.

Por eso este tipo de situaciones requiere un análisis específico.

¿Se heredan también las deudas?

La herencia comprende derechos y obligaciones transmisibles.

Esto significa que antes de pensar solamente en “qué bienes quedaron” también resulta importante determinar si existen deudas.

El régimen actual establece, como principio, que los herederos responden por las deudas y cargas de la sucesión con los bienes que reciben.

Además, nadie está obligado a aceptar una herencia: la ley contempla tanto la aceptación como la renuncia.

Cuando existen deudas relevantes, conviene evaluar la situación antes de realizar actos que puedan tener consecuencias jurídicas.

Un ejemplo práctico

Una familia vive desde hace treinta años en una casa que estaba registrada a nombre de los padres.

Fallece primero el padre y, años después, la madre.

Los tres hijos continúan utilizando la vivienda y nunca realizan las sucesiones porque todos están de acuerdo.

Quince años después deciden vender.

Para entonces, uno de los hijos falleció y dejó sus propios herederos. Otro vive en otra provincia y parte de la documentación original de la propiedad se extravió.

Lo que inicialmente podía haber sido una sucesión relativamente sencilla ahora requiere reconstruir documentación y analizar varias transmisiones hereditarias.

Este ejemplo explica por qué postergar una sucesión no necesariamente evita un problema: muchas veces simplemente lo traslada hacia el futuro y puede volverlo más complejo.

Errores frecuentes en una sucesión

”Como somos los únicos hijos, la casa ya es nuestra”

Existe una transmisión hereditaria desde el fallecimiento, pero eso no significa que todos los actos sobre bienes registrables puedan realizarse sin cumplir el proceso y las formalidades correspondientes.

”Si todos estamos de acuerdo, no hace falta hacer nada”

El acuerdo familiar facilita muchísimo una sucesión, pero no reemplaza la regularización jurídica y registral de los bienes.

”La hacemos cuando aparezca un comprador”

Puede hacerse, pero esperar hasta ese momento puede generar demoras inesperadas y complicar una operación que ya estaba negociada.

”El que vive en la casa es el dueño”

La ocupación de un inmueble y la titularidad hereditaria son cuestiones diferentes.

”Las deudas del fallecido pasan automáticamente a nuestro patrimonio personal”

La responsabilidad de los herederos tiene reglas específicas. Antes de adoptar decisiones conviene determinar qué bienes y deudas integran la herencia.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado para iniciar una sucesión?

El proceso sucesorio es judicial y requiere asistencia letrada.

¿Se puede iniciar una sucesión si no tengo todos los papeles?

Depende de qué documentación falte. En muchos casos pueden solicitarse nuevas partidas, títulos, informes registrales u otra documentación necesaria.

¿Qué pasa si un heredero no quiere hacer la sucesión?

Su negativa no necesariamente impide que otro heredero inicie el proceso. Los eventuales desacuerdos deberán resolverse dentro del marco jurídico correspondiente.

¿Puedo vender mi parte de una herencia?

Existen mecanismos jurídicos para ceder derechos hereditarios, pero sus efectos y conveniencia deben analizarse en cada caso antes de realizar la operación.

¿Qué pasa si hay un testamento?

El proceso cambia porque deberá analizarse el testamento, su validez y sus disposiciones, respetando además las reglas legales sobre los derechos de los herederos legitimarios cuando corresponda.

¿Cuánto tarda una sucesión?

No existe un plazo único. Depende, entre otros factores, de la cantidad de herederos, la documentación disponible, los bienes involucrados, la existencia de testamento, posibles conflictos y las actuaciones necesarias en el expediente.

Conclusión

Una sucesión no es solamente un trámite que se realiza para “poner una casa a nombre de los hijos”.

Es el proceso mediante el cual se determina quiénes son los herederos, qué bienes y obligaciones integran la herencia y cómo pueden regularizarse y distribuirse.

Cuando existen bienes registrables, postergar durante años el trámite puede generar dificultades que inicialmente no estaban presentes.

Por eso, aun cuando no exista intención inmediata de vender los bienes, resulta conveniente conocer cuál es la situación jurídica de la herencia y qué pasos serían necesarios para regularizarla.

Cada familia y cada patrimonio presentan características diferentes.

Volver al blog

Contá tu caso y recibí una orientación clara.

Catamarca 1415, Posadas, Misiones · Lunes a viernes de 8:00 a 20:00